" En consecuencia, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art 161 de la ley 26522 y se aplica a la actora. De ahí que estando su plazo para adecuarse a las disposiciones de la ley, vencido el 28 de diciembre de 2011, sea plenamente aplicable a la actora con todos sus efectos a partir de la fecha indicada."acá el texto completo de la resolución SCJ
Para que los distraídos no se confundan.
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